PROTOCOLO DE LA ESCUELA LUZ AMERICA CALDERRÓN BIRRIELPARA LA REALIZACIÓN DE INTERVENCIONES INDIVIDUALES CON ESTUDIANTES DE MANERA VIRTUAL Y/O A DISTANCIA
La rápida propagación del COVID-19 nos ha obligado a redactar un protocolo que describa las condiciones requeridas para ofrecer servicios de orientación, consejería o asesoría de manera individual a los fines de garantizar la seguridad y el bienestar de nuestros estudiantes.
Reconocemos el derecho a la confidencialidad de los estudiantes, padres, madres y encargados. No obstante, debido a la dificultad para controlar los entornos virtuales, tanto el personal de apoyo, facultad y la administración de nuestra escuela no podrán garantizar la absoluta confidencialidad de las intervenciones y/o reuniones. Cualquier tipo de comunicación virtual uno a uno es equivalente a estar a solas con un joven en un salón u oficina virtual. Es por esta razón, que ningún personal docente o no docente estará solo en una sala cibernética con un estudiante. Esto incluye al personal de apoyo, entiéndase consejeros escolares y trabajadores sociales. El estudiante debe estar acompañado de un adulto durante la intervención virtual ya sea un maestro, personal de apoyo, padre, madre o encargado según lo amerite la reunión. Además, el padre, madre o encargado deberá ser notificado sobre la reunión virtual con el estudiante previo a ésta realizarse.
Al inicio del año escolar todo padre, madre o encargado debe completar el CONSENTIMIENTO INFORMADO para Recibir Servicios de Orientación, Consejería y Asesoría Virtual / A Distancia el cual se enviará a través de su correo electrónico y se publicará en la página de nuestra escuela. En este consentimiento el padre, madre o encargado seleccionará la modalidad de las intervenciones que autorizará (video llamadas, emails, telefónicas). A los fines de garantizar la seguridad de los menores toda videollamada será grabada, esto no aplica si es una llamada telefónica. La grabación de la intervención será custodiada y propiedad exclusiva de la Escuela Luz América Calderón Biriel con el único propósito de seguridad. Además, se requerirá que una vez se corrobore la identidad del estudiante y el adulto, éstos deberán apagar/cubrir la cámara. Este requerimiento no aplica a las reuniones u orientaciones grupales.
Nota: Abuso cibernético – Por favor, tenga en cuenta que el contacto personal entre un adulto y un(a) joven a través de Internet presenta una oportunidad para que se forme una relación privada y abre la posibilidad de que se produzca acoso/abuso sexual. Por ende, procuramos estar alerta y prever cualquier situación que inflija o de sospecha para este acto. (Delitos cibernéticos [Ley número 246/2012- http://internetseguro.pr.gov/delitosciberneticos/). Se notifica que ante la mera sospecha se activara el Protocolo de Acoso Escolar del Departamento de Educación.
A continuación, se describen las normas a seguir para las intervenciones individuales de manera virtual o a distancia:
Maestros (as):
1. Previo a una reunión virtual individual con el estudiante deberán notificarlo a los padres/madres o encargados a través del email o llamada.
2. El/la maestro (a) que coordine la reunión es responsable de grabar la intervención virtual para propósitos de seguridad.
3. Debe asegurarse que el padre, madre o encargado del menor haya completado el Consentimiento Informado provisto por la escuela a través de su correo electrónico al inicio del curso escolar (no será necesario un consentimiento para cada intervención).
4. El padre, madre o encargado, debe estar presente durante la intervención (video llamada o llamada telefónica). Para las intervenciones en la modalidad de llamada telefónica el docente tomará una minuta, luego se le enviará al padre, madre o encargado para que certifique si está de acuerdo. De éstos no poder estar presentes, el profesor o la profesora deberá coordinar la participación de otro miembro de la facultad y/o personal administrativo a los fines de no estar solo con el/la estudiante.
Personal de Apoyo:
1. Deberán cumplir los incisos 1, 2, 3 y 4 arriba descritos.
2. Utilizarán estrategias de comunicación y escucha activa para minimizar o prevenir posibles malentendidos que podrían ocurrir debido a la falta de señales visuales y verbales o la incapacidad para leer el lenguaje corporal.
3. Ante alguna señal de alerta sobre la salud emocional y/o bienestar del/la estudiante deberá consultar con el equipo de apoyo para determinar las acciones a seguir o referir inmediatamente el caso a las agencias o profesionales pertinentes.
4. Proporcionar tanta información en el sitio web de consejería escolar o en la página cibernética del maestro como sea posible. Debe estar preparado para actualizarlo con frecuencia.
5. Debe revisar y actualizar la lista de servicios de salud mental externos disponibles, apoyo social/emocional y de bienestar físico y compartir con los padres y las familias.
6. Reconocer y mitigar la limitación de la confidencialidad en un entorno virtual, que puede incluir espectadores o destinatarios no deseados. Se enfatizará en estos límites en las comunicaciones con los estudiantes y las familias al establecer límites de asesoramiento virtual previo a cada sesión. El adulto debe reafirmar su consentimiento de manera verbal para que quede grabado antes del inicio de la intervención.
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